Todo lo que necesitas saber sobre cómo obtener una orden de restricción en Puerto Rico. Proceso paso a paso, requisitos y tus derechos como víctima de violencia doméstica.

Si estás en peligro inmediato:
☎️ Llama al 9-1-1
🏃 Sal del lugar de forma segura
🏥 Busca atención médica si estás herida
📸 Documenta lesiones con fotos
👮 Presenta un reporte policial
⚖️ Acude al tribunal lo antes posible
📞 Contacta una abogada/o
Si estás experimentando violencia doméstica, es importante que sepas que las órdenes de protección son medidas y condiciones legales impuestas por un tribunal para protegerte a ti y a tu familia. Esta guía te explicará los aspectos generales que necesitas saber sobre el proceso.
Una orden de protección, también conocida como orden de restricción, es una orden judicial que prohíbe a la persona agresora acercarse, comunicarse o tener contacto contigo. En Puerto Rico, estas órdenes están respaldadas por la Ley 54 (Ley para la Prevención e Intervención con la Violencia Doméstica) y la Ley 284 (Ley Contra el Acecho en Puerto Rico).
Es conveniente que sepas que una orden de protección, según se explica en esta guía, se obtiene a través de un proceso civil. A diferencia de un proceso criminal en el que las partes son “el pueblo de Puerto Rico” vs “el acusado” y aplican leyes y reglas criminales o penales; en un proceso civil las partes en el pleito son quien solicita la orden de protección vs la persona agresora contra la cual se busca protección. En estos procesos de naturaleza civil aplican leyes y reglas civiles.
Puede solicitar una orden de protección:
Una persona con dieciocho (18) años o más de edad;
Que es sobreviviente de víctima de violencia doméstica, que incluye:
Maltrato físico,
Agresión sexual,
Maltrato psicológico o emocional,
Acecho o persecución,
Intimidación o amenazas,
Quien interesa una orden de protección contra
su ónyuge o ex cónyuge;
la persona con quien cohabita o ha cohabitado,
la persona quien sostiene o sostuvo una relación consensual; o
la persona con quien tiene hijos o hija en común.
Importante: No necesita estar casada/o ni vivir con el agresor para solicitar protección. Además, puede solicitar y obtener una orden de protección independientemente del sexo, estado civil, orientación sexual, identidad de género o estatus migratorio de cualquiera de las personas involucradas en la relación.
Puede ser otorgada el mismo día que se solicita
No requiere que el agresor esté presente
De ser otorgada, dura hasta la vista judicial
Protección inmediata mientras se obtiene la orden permanente
Se otorga después de una vista judicial
La persona agresora tiene derecho a estar presente y defenderse
A grandes razgos, el proceso judicial de solicitar una orden de protección puede verse de la siguiente forma:
Puede solicitarse una orden de restricción en:
Cualquier Tribunal de Primera Instancia mediante la radicación de una petición verbal o escrita; de forma presencial o virtual a través de formulario interactivo; o
dentro de cualquier caso pendiente entre las partes, o
a solicitud del Ministerio Fiscal en un procedimiento penal, o como una condición para una probatoria o libertad condicional.
No se necesita abogado para solicitar la orden, aunque es altamente recomendable tener representación legal.
Completar formularios incluyendo:
Información personal de quien solicita la orden y del agresor
Descripción detallada de los incidentes de violencia
Fechas y lugares de los eventos
Testigos (si los hay)
Evidencia de violencia (fotos, mensajes, records médicos)
Nota: Especificar fechas exactas, lugares y describer los incidentes claramente.
El juez evaluará la solicitud
Podrías testificar brevemente sobre la situación
Si el juez determina que existe peligro inmediato, otorgará la orden Ex Parte
Esta orden entra en vigor inmediatamente
Un alguacil del tribunal o cualquier otro oficial del orden público diligencia (notifica) la orden al agresor. En alternativa, puede solicitarse al tribunal permiso para que cualquier otra persona mayor de 18 años que no sea parte del caso diligencie la orden.
Se le entrega una copia de la orden
Se le informa de las consecuencias de violarla
Se programa la fecha para la vista final
Ambas partes pueden presentar evidencia
Pueden testificar testigos
El juez decide si otorga la orden permanente
Es altamente recmendado que asistas con tu abogada
Una orden de protección puede ordenar al agresor:
✓ No acercarse a quien la solcitia, su hogar, trabajo o escuela
✓ No contactar por ningún medio (teléfono, mensajes, redes sociales, terceras personas)
✓ Entregar armas de fuego si posee
✓ Salir del hogar si viven juntos, aun cuando la vivienda esté a su nombre y sea el agresor quien pague la misma.
✓ No interferir con tu custodia de los menores
✓ Pagar pensión alimentaria provisional
✓ Asistir a taller sobre violencia doméstica
El juez puede incluir cualquier otra condición necesaria para tu seguridad.
Para fortalecer tu caso, reúne:
Evidencia Documental:
Fotos de lesiones o daños a propiedad
Mensajes de texto, correos electrónicos, mensajes de voz
Capturas de pantalla de redes sociales
Reportes policiacos previos
Declaraciones juradas de testigos
Información del Agresor:
Nombre completo
Fecha de nacimiento
Dirección residencial y de trabajo
Descripción física
Información del vehículo
Si posee armas de fuego
Violar una orden de restricción es un delito grave.
Si el agresor viola la orden:
Llama al 9-1-1 inmediatamente
La policía debe arrestar al agresor
El agresor puede enfrentar:
Cargos criminales por desacato
Multas de más de $5,000
Prisión más de 6 meses
Cargos adicionales si cometió otros delitos
Importante: Guarda evidencia de cualquier violación (mensajes, testigos, etc.)
Tienes derecho a:
Intérprete si no hablas español
Confidencialidad - tu dirección puede mantenerse protegida
Estar acompañada por un intercesor/a o persona de apoyo
Dirección sustituta
Ser tratada con respeto y dignidad
Recibir información sobre el estatus de tu caso
Solicitar modificaciones a la orden si cambian las circunstancias
Experta en Derecho de Familia y Violencia de Género. Comprometida con la defensa de los derechos de las mujeres en Puerto Rico.